Tema 5- La documentación jurídica en la constitución
1. Las formas jurídicas de la empresa
- Con personalidad física:
- Empresario individual
- Sociedad civil
- Comunidad de bienes
- Con personalidad jurídica: Que se divide en dos:
1. Sociedades mercantiles
-Sociedad colectiva
-Sociedad comanditaria
-Sociedad de responsabilidad limitada
-Sociedad limitada nueva empresa
-Sociedad de responsabilidad limitada de formación sucesiva
-Sociedad anónima
2. Sociedades mercantiles especiales
-Sociedad laboral
-Sociedad cooperativa
1.1 Empresas con personalidad física
Las más relevantes son el empresario individual, sociedad civil y la comunidad de bienes.
- El empresario individual o autónomo
💰Capital mínimo: No requiere❌
💼Responsabilidad: Ilimitada
👤Número de socios: Solo el empresario, que debe de ser mayor de edad 🔞 y con capacidad de obrar.
💲Tributación: IRPF
✏Nombre: Libre
📝Regulado por: El código de Comercio en materia mercantil y el Código Civil en materia de derechos y obligaciones
Una de sus 👍ventajas es que los trámites son más sencillos y económicos, pero los 👎inconvenientes es la responsabilidad ilimitada del autónomo entre los acreedores.
Y las características que tienen son:
-El 75% de los ingresos provienen de una misma persona jurídica.
-Desarrolla la actividad de manera diferente al resto de los trabajadores.
-No puede tener a su cargo personal trabajador por cuenta ajena ni contratar a terceros.👷
- La sociedad civil
-Carácter privado: personalidad física, cada socio actúa en nombre propio
-Carácter público: personalidad jurídica y ha de inscribirse en el Registro Mercantil
Características:
💰Capital mínimo: No requiere ❌
💼Responsabilidad: ilimitada
👤Número de socios: mínimo 2 👨👨➕
💲Tributación: IRPF
✏Nombre: Nombre libre + sigla S.C.P
📝Regulado por: Código de Comercio y el Código Civil
👍Ventajas resulta ser una solución jurídica sencilla y económica y las 👎desventajas se debe a la responsabilidad ilimitada ante las deudas de los acreedores, y la extinción de está por propia voluntad de cualquier socio o por el fallecimiento de alguno de estos.
- Comunidad de bienes
Dos o más personas compartirán dicha propiedad, pero no aportaran capital ❌💰 ni trabajo ❌🔨a la empresa
💰Capital mínimo: no requiere ❌
💼Responsabilidad: ilimitada
👤Número de socios: mínimo 2 👦👦➕
💲Tributación: IRPF
✏Nombre: Libre + expresión + sigla C.B
📝Regulado por: Código del Comercio y Código Civil
1.2 Sociedades mercantiles
Tienen personalidad jurídica
- La sociedad colectiva
Sociedad mercantil en la que los socios aportan capital y trabajo. Las sociedades colectivas irregulares se les denominan socios industriales que solo aportan trabajo. En caso de fallecimiento la empresa se disuelve, al ser una sociedad personalista.
Características:
💰Capital: No requiere ❌
💼Responsabilidad: para los colectivo ilimitada y los industriales ilimitada al capital aportado
👤Número de socios: dos 👨👩
📜Transmisión de la condición de socio: se necesita el consentimiento de los demás miembros de la sociedad
💲Tributación: impuesto de sociedades
✏Nombre: Nombre y apellidos de los socios colectivos + expresión y compañía + sigla S.C
📝Regulado por: Código de Comercio
- La sociedad comanditaria simple
Se diferencian dos tipos de socios: socios colectivos que aportan capital y gestionan la sociedad, socios comanditarios que aportan capital💰 exclusivamente y ❌no intervienen en la gestión. Es una sociedad de carácter personalista.
💰Capital mínimo: No requiere ❌
💼Responsabilidad: los socios colectivos tendrán una responsabilidad limitada y los socios comanditarios también será limitada en función del capital que aporten
👤Número de socios: mínimo dos uno colectivo y otro comanditario👨👩
📜Transmisión de la condición de socio: acuerdo con los demás miembros para transmitir la condición de socio
💲Tributación: Impuesto sobre sociedades
✏Nombre: Nombre y apellidos de los socios + expresión "y compañía" o "y Cía."+ S. en C
📝Regulado por: Código del Comercio
Existe una variante que es la sociedad comanditaria por acciones, en esta su capital se divide en acciones y el capital mínimo debe de ser de 60.000 euros.
- Sociedad de responsabilidad limitada (S.L)
De carácter capitalista con aportaciones de dinero de sus miembros. Sus órganos de gobierno son:
-La Junta general que participan todos los socios
- Los administradores ejecutan decisiones adoptada por la junta general y de representar legalmente a la sociedad
💰Capital mínimo: Mínimo 3000 € denominadas como participaciones
💼Responsabilidad: Limitada
👤Número de socios: Uno 👨
📜Transmisión de la condición de socio: Libre entre sus socios, pero para la transmisión de participaciones a terceras personas hay que tener en cuenta las restricciones.
💲Tributación: Impuesto de sociedades
✏Nombre: Nombre elegido + S.L
📝Regulado por: Ley de Sociedades
- Sociedad de responsabilidad limitada nueva empresa
Es una variante de la sociedad limitada y comparte la mayoría de sus características. Principalmente se diferencia por:
👥Número de socios: Cinco miembros.👨👨👩👩👦
💰 Capital mínimo: de 120.000 euros
📜La constitución de la empresa es un proceso rápido
✏Nombre debe de estar impuesto por nombre y apellidos de uno de los socios fundadores+ código alfanumérico + sigla S.L.N.E
- Sociedad de responsabilidad limitada de formación sucesiva
Deriva de la responsabilidad limitada y comparte características con la S.L, excepto en no es necesario aportar un capital mínimo.
Cuando el capital social alcance los 3000€ dejará de ser una formación sucesiva y pasará a ser una S.L
- Sociedad anónima
Es una sociedad mercantil de carácter capitalista, está constituida con las aportaciones de los miembros de la sociedad. Esta forma jurídica está dirigida a mediana y grandes empresas, sin límites de socios no de capital. El capital social está dividido en partes iguales e indivisibles denominadas acciones. La posesión de acciones dependerá del porcentaje de acciones de que posea cada socio:
-Influencia en las decisiones.
-Participación en los beneficios en forma de dividendos.
-Derecho preferente de compra en caso de ampliación de capital.
Sus órganos de gobierno son:
-Junta general de accionistas: participan todos lo accionistas y entre sus funciones destacan el control de la gestión, el nombramiento de administradores y la toma de decisiones.
-Consejo de administración o administradores: ejecutan decisiones adoptadas en la junta general
Características principales:
💰Capital mínimo: 60.000€
💼Responsabilidad: Limitada
👤Número de socios: Uno 👨
📜Transmisión de la condición de socio: Es libre, permitiendo así mayor facilidad de captación de socios.
💲Tributación: Impuesto de sociedades
✏Nombre: Nombre elegido + sigla S.A
📝Regulado por: Ley de Sociedades de Capital
1.3 Sociedades mercantiles especiales
Su objetivo principal es satisfacer las necesidades de sus socios. Distinguimos varios tipos
- Sociedad laboral
Se caracteriza por que más del 50% del capital social es propiedad de los socios trabajadores. Pueden ser sociedades limitadas o anónimas.
Y se pueden identificar las siguientes figuras:
-Socios trabajadores👷: trabajan a tiempo indefinido y jornada completa y son los propietarios los que cuentan con el 50% del capital social.
-Socios no trabajadores❌👷: propietarios de acciones o participaciones, pero no tienen relación laboral con la empresa.
-Trabajadores asalariados👷💸: trabajan en la sociedad aunque no participan en el capital social.
Características principales:
💰Capital mínimo: S.L.L → mínimo 3.000 y una S.A.L→60.000€
Ningún socio puede poseer más de 1/3 del capital social, salvo si se constituye por dos socios.
💼Responsabilidad: Limitada
👤Número de socios: Mínimo dos 👨👩
📜Transmisión de la condición de socio: En la S.L.L necesita acuerdo entre los miembros de la sociedad, mientras que en la S.A.L es libre.
💲Tributación: Impuesto de sociedades
📄Complejidad de los trámites administrativos: Son bastante complejos
✏Nombre: Nombre elegido + las siglas S.L.L o S.A.L
📝Regulado por: La ley de Sociedades Laborales y Participadas.
- Cooperativa
Empresas que se asocian autónomamente a personas físicas o jurídicas, que se han unido de forma voluntaria para crear, mantener o mejorar puestos a tiempo completo o parcial. Es la forma jurídica más participativa y democrática.
Solo podrán ser socios aquellos que trabajen y que aporten capital fijado a los estatutos.
Hay dos tipos de cooperativas:
-De primer grado: agrupan personas físicas
-De segundo grado: agrupan a otras cooperativas
Debemos de tener en cuenta que:
-Los beneficios será repartidos entre los socios de forma equitativa y en función de la labor que realicen.
-Libre incorporación y baja de socios
-No pueden depender de ninguna organización política, religiosa o sindical
Las características más importantes:
💰Capital mínimo: Fijado por los estatutos de la cooperativa
💼Responsabilidad: Limitada
👤Número de socios: Las de mi primer grado mínimo tres y en las de segundo grado mínimo 2
📜Transmisión de la condición de socio: Pueden darse de alta y de baja libremente en la cooperativa
💲Tributación: Impuesto de sociedades
✏Nombre: Nombre elegido+ abreviatura S.Coop
📝Regulado por: La ley de Cooperativas
2 La constitución de una empresa
2.1 Trámites de constitución
Son los trámites administrativos que ha de realizar la empresa para poder adquirir personalidad jurídica. Estos trámites no son necesarios para aquellas formas jurídicas con personalidad física.
Los distintos trámites son los siguientes:
Documentación necesaria para poder construir una sociedad
- Certificado negativo de la denominación social
Cuando se emprende un negocio, se debe de elegir un nombre con el que se identifique la empresa como persona jurídica, para poder adquirir derechos y obligaciones. Por lo que se deberá de solicitar en el Registro Mercantil Central.
Debemos de tener en cuenta que el certificado de la denominación social caduca a los tres meses del otorgamiento.
- Certificado de la entidad bancaria sobre el capital social exigido para la constitución
En función del tipo de sociedad y como previo requisito de otorgamiento de la escritura es necesario que la empresa disponga de un capital mínimo para que se pueda constituir.
- Estatutos de la sociedad
Establecen las normas de funcionamiento de la sociedad a nivel interno.
Los estatutos deberán de recoger:
-Denominación social
-El objeto social, determinando las actividades que realizan
-Domicilio social
-Capital social, participaciones o las acciones en que se divide.
Además debe de incluir:
Las sociedades limitadas de formación sucesiva
Sociedades limitadas cuyas participaciones sean desiguales
Sociedades anónimas se concretan el tipo de acciones
Sociedades comanditarias por acciones, identidad de los socios colectivos
- Modo o modos de organizar la administración de la sociedad, número de administradores o al menos el número máximo o mínimo.
-Modo de deliberar y adoptar sus acuerdos los órganos colegiados de la sociedad
- La escritura pública
Los socios deberán de firmar la escritura de constitución ante el notario que es quien da fe.
En la escritura se deberá de plasmar
-Identidad de los socios
-Voluntad de constituir una sociedad de capital
-Aportaciones de cada socio
-Estatutos de la sociedad
-Identidad de la persona o personas que se encarguen de la administración y de la representación de la sociedad.
-Si es anónima se debe de incluir la cuantía total de los gastos de constitución.
La documentación que se debe de aportar es la siguiente:
-DNI de los socios.
-Certificado negativo de la denominación social.
-Estatutos de la sociedad.
-Acreditación del desembolso del capital social mínimo exigido.
- Modelo 600 del impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados
Este impuesto grava la constitución de una nueva sociedad, así como el aumento o disminución de su capital social. Aunque la creación de las nuevas empresas quedan exentas del pago de este impuesto
- Número de identificación fiscal de la sociedad
Para poder identificar la sociedad a efectos fiscales es necesario disponer del NIF.
3. Trámites de puesta en marcha y funcionamiento de una empresa
3.1 Trámites de carácter general
Trámites que cualquier empresa debe de realizar en la Agencia Tributaria, ayuntamiento... para que pueda ponerse en funcionamiento.
- En las delegaciones y administraciones de la Agencia Tributaria
-Alta y modificaciones en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores. Básicamente consiste en comunicar a la Administración, el comienzo de la actividad empresarial. Se debe presentar el modelo 036 o 037 junto al NIF de la empresa y copia de las escrituras
-Alta, variaciones y baja en el impuesto sobre actividades económicas: Impuesto que grava el ejercicio de las actividades empresariales, profesionales o artísticas. Debe de presentar el modelo 840
- En la dirección provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social
-La afiliación, el alta, las variaciones y la baja de los miembros de la sociedad.
-Inscripción de la empresa en la Seguridad Social, para identificar y controlar sus obligaciones.
-Afiliación, alta, variaciones y baja de los trabajadores que contrate la empresa en el Régimen de la Seguridad Social.
- En el Servicio Público de Empleo Estatal(SEPE)
- En la dirección provincial de Trabajo y Seguridad Social
En esta se debe de comunicar la apertura del centro de trabajo. Se debe de presentar una Prevención de riesgos laborales, un proyecto técnico y una memoria.
- Trámites en el ayuntamiento
La empresa debe de obtener previa solicitud en el ayuntamiento de la localidad en el que se desarrolle la actividad empresarial:
-Licencia de funcionamiento📝🏢: acredita las instalaciones donde se realiza la actividad empresarial y si cumplen con la normativa.
-Licencia de obras📝🔨: El ayuntamiento acredita que las obras cumplen las normas urbanísticas del municipio.
3.2 Trámites en los distintos registros públicos
Son organismos cuya regulación y control corresponde a la Administración pública y desarrolla las siguientes funciones:
-Dar publicidad formal a los documentos registrados
-Autentificar el contenido de algunos documentos no verificados
-Registrar y custodiar los documentos
- En el Registro Mercantil
Deben inscribir los hechos y actos relativos a su empresa con el objetivo de dar publicidad. Los documentos que deben inscribirse son:
-Registro de los documentos notariales
Se debe de registrar en el Registro Mercantil Provincial en el que se encuentre domiciliada la sociedad, y debe de tener los siguientes documentos:
- La escritura de constitución de una sociedad
- Los poderes un documento en el cual se otorga el poder
- El acta notarial
-Legalización de los libros contables
Las empresas deben de llevar ordenada la contabilidad de la empresa, para llevar un seguimiento cronológico.
Los libros contables obligatorios son:
-Balance inicial de la empresa
-Balance de las sumas y saldos de comprobación
-Inventario de cierre
-Cuentas anuales
Libro diario en este se registran de forma cronológica las operaciones de la actividad de la empresa día a día.
- Legalización de los libros societarios obligatorios
-Libro de Actas
-Libros que legitiman a los socios como tales
Y en función al tipo de sociedad:
-Libro de Socios
-Libro de Registro de acciones nominativas
-Libro de Contratos entre la Sociedad Unipersonal y el Socio Único
- En otros Registros
-Registro Administrativo de las Sociedades Laborales
-Registro de Sociedades Cooperativas
-Registro de la Propiedad Intelectual
-Oficina Española de Patentes y Marcas
-Registro de Bienes Muebles
-Registro de la Propiedad
4.El papel del fedatario en la constitución y funcionamiento de la empresa
El fedatario es un funcionario público del Estado que da fe de que los documentos o hechos son auténticos y su contenido es verdadero.
4.1 Los notarios💼
Son funcionarios públicos, expertos en derecho, cuya función es dar fe pública de determinados hechos.
Papeles que tienen los notarios en la constitución y funcionamiento de la empresa:
-Intervienen en la constitución de sociedades
-Asesoran en el diseño de una nueva reorganización patrimonial
-Asesoran y formalizan el protocolo familiar
-Relacionado con este protocolo familiar el notario intervienen otros documentos como:
El testamento, los pactos sucesorios, capitulaciones matrimoniales
-Elaboran la escritura pública de un préstamo hipotecario
-Elevan los acuerdos sociales
-Acta de reunión
-Transmisión de las participaciones sociales o acciones
-Acreditan el otorgamiento de poderes
-Reclaman facturas impagadas
4.2 Otros fedatarios públicos
- Registradores mercantiles
Son funcionarios públicos del Estado que inscriben los actos relativos a la constitución.
La personas interesadas pueden acceder a la siguiente información:
-Nota simple
-Un certificado
- Registradores de la propiedad
Son funcionarios públicos del Estado, que llevan a cabo la inscripción o anotación de los actos y contratos.
Las empresas interesadas pueden acceder a la siguiente información
-Nota simple del bien inmueble
-Nota simple de localización de propiedades
-Certificado de inmueble.
- Letrado de la Administración de justicia
Encargado de dar fe de los ocurrido en los procesos judiciales, así como las actas y diligencias.
- Secretario del ayuntamiento
Da fe de actos y acuerdos que se adoptan en los distintos órganos municipales.
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